miércoles, 5 de marzo de 2014

Derecho y Pornografía

La pornografía es un tema que cobra mucha influencia en nuestra sociedad actual, sin embargo no suele hablarse mucho sobre él.
El término pornografía lo podemos definir como:
" todos aquellos materiales, imágenes o reproducciones en los que se representan actos sexuales para provocar la excitación de quien los ve. Se puede encontrar en multitud de disciplinas tales como cine, escultura, fotografía, pintura, etc. Teniendo más éxito en medios como las revistas pornográficas, líneas telefónicas eróticas e Internet. La etimología griega del término pornografía remite a una “descripción o ilustración de las prostitutas o de la prostitución”.

De las diversas opiniones y tendencias surge una discrepancia entre los que optan por defender la pornografía como una “libertad de expresión”, y los que la consideran como una humillación hacia las mujeres.
Feministas radicales como Catherine MacKinnon, consideran la pornografía 
“como la subordinación sexualmente de las mujeres…” 
ya que en películas o en palabras muestran las mujeres disfrutando dolor, humillación, violación o tortura. Siendo así, MacKinnon promulgó un decreto de ley anti pornografía que prohibía  cualquier “producción, venta, exhibición o distribución” de cualquier material definido como pornográfico.


La polémica surge al preguntarse si la pornografía es una forma de libertad de expresión.
Para comenzar, cuando debatimos sobre pornografía, es necesario un consenso previo para saber de qué estamos hablando o a qué nos estamos refiriendo.
Puede resultarnos aceptable una definición pragmática de este término, atendiendo a la intencionalidad y a la finalidad de unas obras que se realizan, comercializan y se consumen para provocar la excitación sexual del espectador y consumidor (D. Jones).
Una vez alcanzado este acuerdo previo, la cuestión principal debe basarse en si la censura de la pornografía podría conllevar cierta restricción de la libertad.
Vivimos en una sociedad cuyas leyes, en general, respaldan la libertad de las personas, y una de ellas es precisamente la libertad de expresión. Ésta representa un beneficio para la sociedad, por permitir que cada uno pueda opinar lo que quiera.
Si atendemos a los argumentos de Ronald Dworkin, en una sociedad liberal comprometida con la responsabilidad moral individual, cualquier tipo de censura es incompatible con dicho compromiso.
Mayoritariamente, el material pornográfico se consume por hombres (Un estudio de la Carnegie Mellon sobre pornografía en Internet aportaba los datos de que el "98,9% de los consumidores on-line de pornografía son varones. Y hay algún indicio de que del restante 1,1% muchas son mujeres pagadas para tomar parte en las chat rooms y en los boletines para que los clientes se sientan más a gusto".), presentando a las mujeres como esclavas sexuales, generalmente sometidas a las exigencias sexuales de los varones.
Planteamientos feministas contrarios a la pornografía, como los de Catherine A. MacKinnon, se basan por ejemplo, en la degradación que este tipo de producciones provocan en las mujeres que venden su imagen (en algunas ocasiones incluso forzadas a ello) y en los ataques sexuales que promocionan contra las mujeres, argumentos ambos discutibles, porque sólo podrían considerarse válidos para un tipo de pornografía (heterosexual) y cuando los que realizan los actos pornográficos no lo hagan voluntariamente.
Respecto a otras variantes de la pornografía, como por ejemplo la pedofilia, la protección de los derechos de los menores (incluyendo la propia libertad sexual de los menores maduros) hace necesario el control legal de la misma.
Al igual que en las películas pornográficas snuff (grabaciones de violaciones reales sin ayuda de trucos y efectos especiales), en este caso cabría la capacidad de restricción del derecho de libertad de expresión porque existe una intencionalidad de provocar acciones ilegales inmediatas. Por ello, la pedofilia, la violencia y las perversiones se consideran delitos que deben ser castigados.
Partidarios y detractores de la pornografía no fundamentan sus argumentos simplemente en la moralidad; para los adeptos, la pornografía puede ser considerada un arte, al que califican como erótico y definen como erotismo, mientras que los opositores estiman que todo lo pornográfico es obsceno, y por lo tanto sucio, deshonesto y negativo.

Dworkin y Rawls entienden que si existiera el derecho a la libre expresión de las ideas, sería imposible conseguir la plena convivencia democrática, en otras palabras, la libertad es una garantía previa de la igualdad.
Para proteger la igualdad, es necesario defender el derecho de que todos puedan acceder a la misma información.
Conclusión: en una sociedad igualitaria, toda cultura ofensiva (si así se considera a la pornografía) debería desacreditarse por el disgusto provocado en los demás, nunca por normas gubernamentales que prohíban su difusión.